guía del comprador
A todos nos ocurre, buscar casa parece una locura al principio, pero a medida que nos vamos iniciando, se van aclarando las cosas cuando nos planteamos comprar una casa, nos preguntamos dónde y cómo queremos vivir, cuánto estamos dispuestos a gastar y qué pasos debemos seguir
Escuchamos la experiencia de amigos, familiares y compañeros de trabajo. Calculamos qué podemos hacer con nuestro presupuesto, empezamos a familiarizarnos con palabras, hasta entonces desconocidas para nosotros, como euribor, derrama o ibi. Consultamos bancos y financieras. y nos ponemos a buscar.
Cuando vamos a ver las casas elegidas, comienza una historia que la mayoría de las veces es agotadora y frustrante. La descripción del anuncio no suele corresponderse en absoluto con la realidad. Comprobamos que todo es mucho más caro de lo que pensábamos. Que está más lejos. que es más pequeño. que necesita más reformas pero esto no tiene por qué ocurrir si elaboras antes una lista de la compra
Los bancos y las cajas de ahorros, con los que no estás acostumbrado a negociar, tienen diferentes ofertas y debes conocerlas. todos tratan de venderte hipotecas y seguros por cuotas mensuales, pero los gastos totales parecen impagables. Te hablan de índices de referencia, de tipos de interés, de ventajas fiscales. Tu presupuesto inicial te parece ridículo y tienes que estudiar más que si hicieras un master.
No te preocupes, Asetec te ayudara a todo el proceso de compra. Además, te asesoramos acerca de los contratos y de lo que manda la ley
El registro y los contratos
¡Es tu casa ideal!. El vendedor parece que tiene todo en regla así que, ¿para qué darle más vueltas? decídete y di «sí, quiero».
Saca el talonario y extiende el valor de la señal solicitada, que normalmente es entre un 5% y un 10% del valor de la casa.
En el momento de dar la señal conviene firmar lo que se llama contrato de arras o de reserva. Con este contrato tú te comprometes a comprar la casa y si no lo haces pierdes la señal. La otra parte se compromete a venderte la casa o te tendrá que indemnizar con el doble del importe de la señal
Ahora debes comenzar el proceso de papeleos y gestiones
Lo primero, el registro, debes comprobar:
- que la vivienda figura inscrita en dicho registro
- que el vendedor figura inscrito como propietario de la vivienda que se pretende adquirir
- si la vivienda está gravada con alguna hipoteca o algún otro derecho de terceros que pueda suponer un obstáculo en la compra
Lo segundo,la escritura pública de compraventa
- el contrato ha de ser redactado con claridad y sencillez, sin hacer referencia a documentos no facilitados al comprador previa o simultáneamente a la firma del contrato.
Como comprador deberás cuidar y observar que en el contrato figuren las siguientes cláusulas:
- título acreditativo de propiedad y cargas
- descripción de la vivienda
- precio total
- forma de pago. si éste es aplazado, debe indicarse la cantidad aplazada y fecha de vencimiento, expresando por separado la cantidad correspondiente a intereses (deducibles del impuesto sobre la renta)
- condiciones de amortización de los créditos concedidos o cláusulas que faculten al vendedor a incrementar el precio aplazado durante la vigencia del contrato
- fecha de entrega de la vivienda
En los contratos privados es práctica habitual la entrega de unas cantidades en concepto de anticipo y/o señal para vincular al comprador y al vendedor, siendo igualmente habitual la existencia de cláusulas penales que penalizan el incumplimiento del contrato.
Como comprador tienes que asegurarte de que dichas cláusulas penalicen de igual manera todo incumplimiento, ya sea del comprador o del vendedor
En el caso de la compra de vivienda en construcción o de futura construcción debe figurar además una cláusula por la que el constructor se obliga a garantizar la devolución de las cantidades anticipadas más el 6% de interés anual mediante el contrato de seguro o mediante aval bancario, tal y como obliga la ley. En el momento de la firma del contrato el vendedor deberá entregar al comprador el documento que acredite la garantía señalada en esta cláusula.
En el caso de existir alguna modificación no previsible durante la construcción de los pisos que suponga incremento del precio, esto deberá ser comunicado al comprador, quien podrá dar o no su conformidad. Si el comprador quisiera hacer algún tipo de reforma, ésta deberá estar convenientemente documentada en contenido, precio y plazo de entrega
Hay ocasiones en que la venta de un inmueble se formaliza con un contrato privado. En estos casos el inmueble no se puede inscribir en el registro hasta que no se firme una escritura pública de compraventa. Recuerda que la inscripción en el registro es la que acredita y garantiza tu propiedad frente a terceros
Asetec trabaja para asesorar a nuestros clientes a tomar las mejores decisiones en sus operaciones de compra, venta o alquiler de cualquier tipo de activo inmobiliario (viviendas vacías y amuebladas, locales comerciales, naves industriales o garajes).
Intentamos pues, aportar toda la información posible en relación a ofertas o demandas de nuestros clientes con nuestras opiniones sobre precios, calidades, disponibilidad y perspectivas de mercado. Por tanto, nuestro objetivo será siempre dar un servicio de asesoria integral y personalizado.